Licencia de Primera Ocupación

Imprescindible para poder entrar a vivir en una casa es tener concedida la licencia de primera ocupación. Sin ella, no es posible dar de alta los suministros de luz, agua o gas.

La licencia de primera ocupación es el documento que certifica que la vivienda cumple con todos los requisitos legales, tanto urbanísticos (Ayuntamientos) como técnicos (cumplimiento del Código Técnico de la Edificación CTE y otras normativas técnicas).

No se debe comprar una vivienda sin licencia de primera ocupación ya que no será posible obtenerla después sin un sobrecoste muy elevado, tanto de inversión como de tiempo de tramitación.

La Licencia de Primera Ocupación LPO lo solicita el promotor (o autopromotor), el constructor, o el Arquitecto al final de la obra. Normalmente es el arquitecto el que se encarga de gestionar la licencia de primera ocupación, tras entregar el Certificado Final de Obra.

Además es imprescindible presentar lo que se denomina Libro del Edificio, que es el documento que recoge toda la información del edificio en cuestión, con planos, memorias, instalaciones, e instrucciones de mantenimiento.

Es obligatorio para obras nuevas y rehabilitaciones desde la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de la Edificación.

 

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COMPARATIVA

Qué es una Licencia de Primera Ocupación y qué es la Cédula de Habitabilidad

Usualmente se confunden estos dos documentos, y aunque se solicitan en el mismo momento no son iguales.

  • La Licencia de Primera Ocupación (LPO) certifica que la obra se ha ejecutado de acuerdo al proyecto presentado y cumple la normativa urbanística del municipio.
  • La Cédula de Habitabilidad, por su parte, analiza que la vivienda reúne las condiciones necesarias para poder ser habitada y utilizada como vivienda.

 

En muchos Ayuntamientos el trámite de la Cédula de Habitabilidad ya no es obligatoria, ya que la licencia de primera ocupación ya certifica la habitabilidad. Este es el caso de la Comunidad de Madrid, de Castilla y León, o Cantabria, por ejemplo. Sin embrago en otras Comunidades Autónomas, sigue siendo obligatoria para contratar suministros.

Cómo obtener una Licencia de Primera Ocupación

1

Contacta con nosotros

La Licencia de Primera Ocupación la deben realizar profesionales (Arquitectos y/o Ingenieros) que conozcan la normativa específica tanto urbanística como legal.

Te asesoramos en todo ello. Contáctanos.

2

Certificado final de obra

Si se trata de una obra nueva, es el Arquitecto quien realiza este trámite, que debe estar visado por el Colegio Profesional.

3

Certificado de Instalaciones

Lo que se conoce por "boletines". De todas las instalaciones: electricidad, telecomunicaciones, gas, agua. Y la Cédula de habitabilidad si es aplicable.

4

Documentación técnica

1.- Proyecto Completo.

2.- Libro del Edificio.

5

Presentación de la solicitud

1.- Acreditación

2.- Pago de tasas al Ayuntamiento

3.- Escritura de Propiedad.

6

Inspección y Resolución

Un técnico del Ayuntamiento inspecciona la vivienda y verifica que la documentación presentada se ajusta a la obra ejecutada.

300
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Años de Experiencia

2500
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Clientes satisfechos

360
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Asistencia a cursos

5000
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LICENCIAS GESTIONADAS

Nuestros honorarios de gestión de licencia de de primera ocupación

Tramitamos  tu licencia de primera ocupación en la Comunidad de Madrid, con especial atención a los municipios de la Sierra de Madrid. También trabajamos en municipios cercanos de las provincias de Segovia, Ávila, Guadalajara y Toledo.

Aquí tienes unos honorarios orientativos del coste de la gestión de licencia de primera ocupación. Consúltanos para conocer tu precio.

Consúltanos para otras Comunidades Aútonomas.

Tramitación

800

Precio medio de nuestros servicios de tramitación de la licencia de primera ocupación. Depende siempre de que toda la documentación exigida esté correcta.

Libro del edificio

min. 2000

Este es el precio si toda la documentación está completa.

Si hay que realizar vistas extra, o elaborar documentación se facturará aparte.

Legalización

1800

Dependiendo del trabajo a realizar ya que si hubiera que elaborar un proyecto de instalaciones, éste se facturará aparte.